Intercultural del Vallés fem país

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sábado, 8 de octubre de 2011

COLOMBIA NOS UNE "ley 1465 del Sistema Nacional de Migraciones"

"Vivir el valor de la puntualidad es una forma de hacerle a los demás la vida más agradable, mejora nuestro orden y nos convierte en personas digna de confianza."


LEY 1465 DE 2011
(junio 29)
Diario Oficial No. 48.116 de 30 de junio de 2011
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Por la cual se crea el Sistema Nacional de Migraciones y se expiden normas para la protección de los colombianos en el exterior.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. CREACIÓN. Créase el Sistema Nacional de Migraciones, SNM, como un conjunto armónico de instituciones, organizaciones de la sociedad civil, normas, procesos, planes y programas, desde el cual se deberá acompañar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de la Política Migratoria con el propósito de elevar el nivel de calidad de vida de las comunidades colombianas en el exterior, considerando todos los aspectos de la emigración y la inmigración.
PARÁGRAFO. Sin perjuicio de otras disposiciones legales y jurídicas el Ministerio de Relaciones Exteriores será el encargado de la formulación y ejecución de la Política Migratoria.
ARTÍCULO 2o. OBJETO. El Sistema Nacional de Migraciones, SNM, tendrá como objetivo principal acompañar al Gobierno Nacional en el diseño y ejecución de políticas públicas, planes, programas, proyectos y otras acciones encaminadas a fortalecer los vínculos del Estado con las comunidades colombianas en el exterior.
ARTÍCULO 3o. PRINCIPIOS. El Sistema Nacional de Migraciones, SNM, se orientará por los siguientes principios:
1. Respeto integral de los Derechos Humanos de los migrantes y sus familias.
2. Asistencia y mejoramiento de la calidad de vida de los colombianos que se encuentran en el exterior.
3. Fomento de la migración ordenada para mitigar los efectos negativos de la inmigración irregular, la trata de personas y el tráfico ilícito de personas que incluya un sistema de alertas tempranas.
4. Participación de la diáspora colombiana en los destinos del país y el ejercicio de los derechos de sufragio activo y pasivo en igualdad de condiciones con el resto de los colombianos.
5. Integración social de los extranjeros en Colombia mediante políticas transversales dirigidas a toda la ciudadanía y basadas en la tolerancia, igualdad y no discriminación, siguiendo principios de reciprocidad.
6. Promoción del diálogo con los países de origen, tránsito y destino migratorio, incluyendo la ratificación y desarrollo de los acuerdos necesarios.
7. Fomento de iniciativas de desarrollo y codesarrollo migratorio, fortaleciendo y ampliando los Centros de Referencia y Oportunidades para los Retornados del Exterior (CRORE).
ARTÍCULO 4o. OBJETIVOS DEL SISTEMA. Son objetivos del Sistema Nacional de Migraciones, SNM, los siguientes:

1. Acompañar integralmente los procesos migratorios buscando la eficiencia, equidad, reciprocidad, participación, transversalidad, concertación e igualdad de trato y de condiciones de todos los migrantes colombianos y de los extranjeros que se encuentren en territorio colombiano.
2. Presentar al Ministerio de Relaciones Exteriores inquietudes, diagnósticos y propuestas para el establecimiento y fortalecimiento de vínculos entre la Nación y los colombianos en el exterior, entre ellos la creación del Viceministerio de Migraciones y Desarrollo.
3. Identificar los intereses y necesidades de los colombianos en el exterior y sus familias.
4. Fortalecer los canales de comunicación, participación e integración de los migrantes colombianos, así como las redes y asociaciones de colombianos en el exterior.
5. Fortalecer acciones y mecanismos de carácter político y técnico, para mejorar las condiciones y la calidad de vida de los colombianos en el exterior y de sus familias en aspectos de las remesas, los flujos laborales ordenados, la protección y seguridad social, la homologación de títulos y competencias técnicas, profesionales y laborales, la asistencia al retorno incluyendo su menaje profesional industrial y doméstico, la protección de sus Derechos Humanos, o cualesquiera otros que puedan ser pertinentes.
6. Fomentar acciones y mecanismos de carácter político y técnico, para mejorar las condiciones y oportunidades para la inserción y aprovechamiento del recurso humano calificado y promover el intercambio cultural y educativo con los países de mayor recepción de colombianos.
7. Proponer e instar al Gobierno Nacional para la celebración de acuerdos, convenios y tratados bilaterales y multilaterales que atiendan los diferentes aspectos temáticos de la migración colombiana internacional.
8. Proponer y participar en espacios para el desarrollo de la educación, la ciencia, la cultura, el arte, la investigación, el deporte y la integración social de los ciudadanos migrantes.
9. Promover la participación política, amplía y libre de los colombianos en el exterior para que tomen parte en las decisiones de interés nacional y en la conformación y ejercicio del poder político conforme a la Constitución y a la ley.
10. Difundir los mecanismos legales y constitucionales para el ejercicio de la Veeduría Ciudadana por parte de los colombianos en el exterior.
11. Proponer y apoyar acciones para el fortalecimiento del servicio Diplomático y Consular conforme a las necesidades específicas de los colombianos en el exterior.
12. Promover la vinculación y la articulación de la política integral migratoria a los planes de desarrollo nacional, regional y local y a las políticas de codesarrollo.
13. Facilitar y acompañar la gestión y ejecución de proyectos productivos, sociales o culturales de iniciativa de la población migrante tanto en el exterior como al interior del país.
14. Proponer la implementación de mecanismos para asesoramiento jurídico en materia penal a los connacionales detenidos y/o condenados en cárceles del exterior.
15. Promover la articulación de acciones interinstitucionales y de los niveles público y privado para la creación de un sistema de información estadística integral, periódica y confiable en materia migratoria.
16. Proponer la implementación de una póliza de seguro integral para la repatriación de los cuerpos de nuestros connacionales fallecidos en el exterior.
17. Los demás que no correspondan a otras autoridades.
PARÁGRAFO. En la consecución de estos objetivos podrá convocarse el concurso y cooperación del sector privado, las organizaciones no gubernamentales y las de carácter multilateral.
ARTÍCULO 5o. CONFORMACIÓN. El Sistema Nacional de Migraciones estará integrado por la Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones como eje central, así como las entidades estatales y gubernamentales, que no formen parte de la primera, pero cuyas funciones y objetivos tengan relación con los temas concernientes a la emigración y la inmigración en Colombia, las Comisiones Segundas del Senado y la Cámara de Representantes, y la Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones, donde tendrán asiento el sector privado, las organizaciones no gubernamentales, la academia y las organizaciones de colombianos en el exterior cuyos objetivos atiendan temas migratorios.
PARÁGRAFO. La Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones se dará su propio reglamento, elegirá su representante ante la Comisión Nacional Intersectorial de Migración y deberá constituirse jurídicamente.
ARTÍCULO 6o. FONDO ESPECIAL PARA LAS MIGRACIONES. El Sistema Nacional de Migraciones, SNM, contará con un Fondo Especial para las Migraciones, el cual funcionará como una cuenta adscrita al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores. Los recursos del Fondo Especial para las Migraciones se destinarán para apoyar económicamente al Ministerio de Relaciones Exteriores en los casos especiales de vulnerabilidad y por razones humanitarias, cuando se requiera asistencia y protección inmediata a nuestros connacionales en el exterior.
PARÁGRAFO 1o. El Ministerio de Relaciones Exteriores convocará a las entidades del Gobierno Nacional competentes para definir los mecanismos más inmediatos y operativos de atención a estos casos.
PARÁGRAFO 2o. La Comisión Nacional Intersectorial de Migración en cabeza del Ministerio de Relaciones Exteriores definirá la reglamentación de este artículo en un término no superior a seis (6) meses.
ARTÍCULO 7o. PARTICIPACIÓN DE LOS COLOMBIANOS EN EL EXTERIOR. El Gobierno Nacional creará espacios para la participación, con el propósito de facilitar la interlocución de las asociaciones, redes y federaciones de colombianos en el exterior. En estos espacios se presentarán y concertarán las propuestas de dichas comunidades, a fin de ser evaluadas y aplicadas por la Comisión Nacional Intersectorial de Migración
ARTÍCULO 8o. PLAN DE RETORNO. Por iniciativa parlamentaria o, del Gobierno Nacional se formulará el Plan de Retorno para los migrantes colombianos que son retornados o regresan voluntariamente al país.
Este Plan de Retorno contemplará alianzas interinstitucionales y de cooperación, con el fin de brindar las herramientas necesarias para velar por el ejercicio de sus derechos, por medio de acciones para facilitar el acceso a servicios de salud y vivienda, capacitaciones a nivel laboral, desarrollo de emprendimientos y acceso a crédito para proyectos productivos, creación de exenciones tributarias y estímulos impositivos y aduaneros, así como de asistencia social mediante asesorías jurídicas y apoyo psicológico para los migrantes y su núcleo familiar.
La política de retorno asistido y acompañado es conducente a facilitar la plena reinserción de los retornados, acompañada de instrumentos que reduzcan o eliminen los impuestos y cargas fiscales, a fin de canalizar las remesas de los retornados hacia la inversión y el ahorro.
A su vez el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de los Consulados, desarrollará actividades de protección de los derechos fundamentales de los colombianos en el exterior, además de ejercer ante las autoridades del país donde se encuentren, las acciones pertinentes para garantizar el respeto de los intereses de las personas naturales y jurídicas, de conformidad con los principios y normas del Derecho Internacional.
Los colombianos deportados no serán reseñados cuando sea por razones de discrecionalidad migratoria, permanencia irregular, documentación incompleta o negación de asilo político en el país expulsor. El Departamento Administrativo de Seguridad o el organismo que haga sus veces verificará la información y expedirá el respectivo certificado judicial.
Las entidades públicas promoverán los mecanismos para la puesta en marcha de un plan de promoción de empleo e incorporación social y laboral de los colombianos que retornen y sus familiares para facilitar su inserción en el mercado laboral.
PARÁGRAFO. El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Relaciones Exteriores reglamentará la aplicación del Plan de Retorno para los migrantes colombianos establecido en este artículo.
ARTÍCULO 9o. VIGENCIA. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
El Presidente del honorable Senado de la República,
ARMANDO BENEDETTI VILLANEDA.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
CARLOS ALBERTO ZULUAGA DÍAZ.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
JESÚS ALFONSO RODRÍGUEZ CAMARGO.
REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 29 de junio de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro del Interior y de Justicia,
GERMÁN VARGAS LLERAS.
La Ministra de Relaciones Exteriores,
MARÍA ÁNGELA HOLGUÍN CUÉLLAR.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
JUAN CARLOS ECHEVERRI GARZÓN.

Recuerde compañero que el problema nunca fue el sistema, fue el desconocimiento de como funcionan sus diferentes ramas, que durante toda la historia nos han mantenido aislados y en la más absoluta sumisión. Lea y decida. El pueblo se merece a sus gobernantes.

 CONTRADICCIONES DEL SISTEMA POLÍTICO COLOMBIANO
Son los hombres los que han hecho la sociedad en el transcurso de los siglos, si el hombre con sus propios medios puede comprender, no hay autoridad por encima de la razón misma. En Colombia se maneja la idea en que la democracia es un sistema político en el que se gobierna bajo el control de la opresión publica, la cual no solo sirve para enjuiciar la conducta de los políticos y gobernantes si no que es una concreción del espacio publico en el que se construye el sentido común y la voluntad general.
Lograda la independencia la nueva granada busca la manera de establecer legitimidad a este Estado, ya que la situación en la nueva granada era dramática, la población Colombiana estaba conformada por mestizos el grupo racial mas grande, las tensiones entre mestizos y blancos era de gran violencia convirtiendo la nueva granada en una sociedad muy conflictiva, ya que no permitían a los mestizos ejercer oficios Nobles, no podían ser elegidos y vivían sin Dios ni ley.

El sistema político se podía denominar Una democracia sin pueblo y este sistema funcionaba gracias a la distancia entre el pueblo real y el pueblo ficticio.

Las mujeres también eran objeto de discriminación por lo general eran mantenidas en condiciones de analfabetismo debían estar sujetas a la autoridad del hombre y no se le reconocían derechos civiles como tener propiedad y desempeñar cargos.
Por lo tanto en la nueva granada la única alternativa para que el poder fuese justificado era la vía republicana. Que permitió la distinción entre gobernantes y gobernados, de allí surgió el cacique político con todas sus variedades, gamonal, manzanillo y caudillo. Estos personajes se convirtieron en intermediarios entre el Estado y el pueblo real, es decir la mayor parte de la población tuvo que aprender política a través de las armas antes que por el voto, dicha población era movilizada por caciques gamonales y caudillos quienes también actuaban como jefes de guerra y que debían protección al mismo pueblo.

Por regla general el cacicazgo era hereditario y se transmitían a los sobrinos de la hermana, también existía la ley de sucesión de padres a hijos.

Los caciques se distinguían de los gobernadores por las alhajas con que se adornaban, por el numero de esclavos y por cierto lujo y comodidad en sus habitaciones.

La pertenencia a la patria o a la nación se difundió rápidamente por medio de la unidad simbólica. De hay que se vio la necesidad del voto, pero podían votar los que tenían el poder económico por lo tanto era una pequeña parte que podía elegir. Los caciques movilizaban sus clientes de acuerdo con las estrategias políticas, correspondiente a los intereses del poder local, luego vinieron las guerras civiles donde había luchas entre rojos y azules. El voto llego efectivamente en 1957 este era mas teórico que real. Esto produce una crisis en el pueblo y exigen mas eficacia en el Estado.

Parece que la historia se ha venido repitiendo una y otra vez en el transcurso de toda nuestra historia y yo me pregunto ¿Porque será que nada cambia? acaso nos hace falta involucrarnos de verdad en el conocimiento del mundo de la política y hacer como me dijo hace muchos años un sociólogo en una conferencia. "No espere que nadie haga por usted, lo que usted debe de hacer por usted mismo"

¿Que estamos haciendo esos 4 millones de colombianos que estamos en el exterior, por contribuir de forma activa al cambio hereditario del poder? ¿Estamos acaso condenados a ser gobernados siempre por los mismos gamonales y caciques?.

"El legislador no debe proponerse la felicidad de cierto orden de ciudadanos con exclusión de los demás, sino la felicidad de todos" Platón.

Mauricio Noreña Fory
Intercultural del Valles
Generando nuevos canales de comunicación
¿Hablamos de política o seguimos en la insumisión?, sepa que este es un tema que nos compete a todos.

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